SICUE

MOVILIDAD SICUE

El 28 de febrero de 2000, los rectores de las universidades españolas firmaron un convenio marco para el establecimiento del Sistema de Intercambio entre Centros de las Universidades Españolas (SICUE).

Por medio de este sistema los estudiantes de las universidades españolas pueden realizar una parte de sus estudios en otra universidad distinta a la suya, con garantías de reconocimiento académico y de aprovechamiento, así como de adecuación a su perfil curricular.

Este sistema de intercambio tiene en cuenta el valor formativo del intercambio, al hacer posible que el estudiante experimente sistemas docentes distinto, incluidos el régimen de prácticas, así como los distintos aspectos sociales y culturales de otras autonomías.

El intercambio de estudiantes se basará en la confianza entre las instituciones, la transparencia informativa, la reciprocidad y la flexibilidad.
La adhesión por una universidad a este sistema significará el compromiso de aceptación de unas obligaciones que afectan a distintos aspectos de su funcionamiento, haciendo accesible a las demás universidades información sobre cursos, calendarios, etc. De igual modo, se comprometerá a utilizar unos métodos de calificación normalizados y a hacerlos llegar a la universidad de origen en tiempo y forma adecuados.

Para asegurar que el estudiante conoce bien su sistema docente, este intercambio deberá realizarse una vez se hayan superado en la universidad de origen un mínimo de 60 créditos en Diplomaturas e Ingenierías Técnicas y Arquitectura Técnica y de 120 créditos en Licenciaturas, Ingenierías y Arquitectura.

Los estudiantes participantes en el intercambio abonarán las tasas de matrícula exclusivamente en la universidad de origen.
Durante la duración del intercambio, los estudiantes serán alumnos del centro de origen a todos los efectos, teniendo los derechos académicos y obligaciones de los alumnos del centro de destino